El 28 de septiembre se publica en la página electrónica del SAT lo relacionado a la contabilidad electrónica derivado a la resolución de la SCJN y la modificación plasmada en el artículo tercero del anteproyecto de la 4a Resolución Miscelánea 2016 donde se reforma el anexo 24 (De la contabilidad electrónica) donde están las especificaciones técnicas para emitir la contabilidad electrónica y el envío de ésta:
Modificación al Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 (Actualizada al 28 de septiembre de 2016)
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/anexo_24_280916.pdf
Contabilidad en medios electrónicos, Anexo Técnico
http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/buzon_tributario/Documents/Doc.t%C3%A9cnico_Cont_Electr%C3%B3nica.docx
En este anteproyecto en su artículo primero transitorio indica que «la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, salvo la modificación al Anexo 24 que entrará en vigor el 1 de noviembre de 2016».
Con lo anterior, en Enero del 2017 se estaría en vías de contar con esta figura y sus repercusiones fiscalizadoras al corregir la resolución de la SCJN; así como la imposición de multas por su no cumplimiento.
El link de la 4a Resolución Miscelánea 2016 es la siguiente:
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/4aRMRMF_2016_280916.pdf
Sin más por el momento en espera de su publicación en el DOF.