En el Estado de Veracruz, existe un Código Hacendario Municipal donde se plasman las contribuciones que recibirá cada municipio en el Estado de Veracruz de la mano de su ley de ingresos anual; de ahí cada Municipio puede tener su Código Individual como son los casos de Alvarado, Boca del Río, Coatepec, Coatzacoalcos, Córdoba, Cosoleacaque, Emiliano Zapata, Medellín, Minatitlán, Orizaba, Tierra Blanca, Xalapa y por último el de Veracruz del que se han presentado iniciativas pendientes de aprobarse por el Congreso del Estado de Veracruz los cuales comentaremos.
En la Gaceta Legislativa Número 114 se encuentra la “Iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Hacendario para el Municipio de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el ayuntamiento de ese municipio” la cual se plasma en el Anexo A y que tiene como motivo el tener una mejor captación de ingresos para la mejora en la prestación de los servicios públicos del orden municipal; las principales adecuaciones (reformas) son las siguientes (entre otras):
- En el impuesto predial, se da la opción (previo acuerdo del Cabildo) que el pago anual (con el descuento del 20%) se podrá prorrogarse al mes de marzo; actualmente es hasta febrero. Así como se incluye a las madres solteras dentro del descuento anual que se les da a los pensionados y jubilados siempre y cuando no exceda el valor catastral del inmueble de 6 mil UMA´s.
- Dentro del mismo predial, se propone exentar a las instituciones que se rijan por la Ley de Instituciones de Beneficencia Privada para el Estado de Veracruz (previos requisitos).
- Del Impuesto sobre traslación de dominio, se maneja que la tasa será del 2% siendo que actualmente es del 1% actualizándose de manera competitiva a lo que se encuentran demás municipios. Este impuesto se cobra cuando se adquiere un inmueble ubicado en el municipio. De este impuesto se recauda actualmente alrededor de 50 millones de pesos anuales.
- Se amplían (actualizan) pagos de derechos: por anuncios comerciales y publicidad, de los derechos por obras materiales, de los derechos por expedición de certificados y constancias, de los derechos por los servicios del registro civil, de los derechos por servicios de panteones, de los derechos por servicios prestados por la tesorería, de los derechos por ocupación de inmuebles del dominio público y de los derechos en materia de tránsito municipal.
- Así como de las disposiciones de los servicios de tesorería, de la custodia y vigilancia de fondos y valores, y de la contabilidad y cuenta pública para darle cumplimiento a la legislación en contabilidad gubernamental.
Como dato, el presupuesto del Municipio de Veracruz acorde a su Ley de Ingresos del 2018 asciende a $1,749,200,422.58 de los cuales de impuestos son $153,080,030.14 en Derechos $105,089,832.85 en Productos $8,955,079.17 en Aprovechamientos $24,630,209.48 y su principal ingreso: las Participaciones y Aportaciones las cuales suman $1,457,445,270.94. Por lo que es necesario que el Municipio continúe fortaleciendo sus finanzas donde por ejemplo: el predial que se recauda como porcentaje del PIB en México es de apenas del 0.15% siendo que el promedio de la OCDE es del 1%.
Así como en la Gaceta Legislativa Número 115 se encuentra el Dictamen “De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Veracruz, a suscribir convenio de colaboración administrativa en materia de catastro con el gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Gobierno” este convenio de colaboración administrativa que celebra el Municipio de Veracruz en relación del catastro y su padrón (predial).