Finalmente, el 7 de enero del 2015 se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las “DISPOSICIONES de carácter general aplicables a las entidades financieras en materia de Despachos de Cobranza” en la que se supervisará a los despachos externos de cobranza (incluyendo a terceros o representantes) mediante esta nueva normativa y mediante un Registro de Despacho de Cobranzas (REDECO) el cual se ubica en la siguiente página: http://e-portalif.condusef.gob.mx:8051/cobranza/index.jsp en la que podrás presentar una queja contra un despacho de cobranza.
Estos despachos de cobranza se deberán inscribir en este REDECO para que proceden las quejas y sanciones, en su caso, contra ellos; de ahí la importancia de tomar los datos de estos despachos cuando ejerzan una acción de cobro. Estas quejas podrán presentarse vía electrónica a través del REDECO o bien por escrito en la CONDUSEF. Las multas podrán ser desde 13 mil 458 pesos y hasta 134 mil 580 pesos por cada incumplimiento que se detecte.
¿Qué datos se requieren para presentar una queja?
- El nombre del Deudor o de quien presenta la queja;
- El nombre del Deudor, en caso de que se cuente con dicho dato cuando la queja sea presentada por persona distinta a éste;
III. La dirección, correo electrónico y número telefónico del Deudor o de la persona que presenta la queja;
- El motivo de la queja, y
- La denominación de la Entidad Financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento o del Despacho de Cobranza.
¿Qué no deben de realizar estos despachos de cobranza (sean físicas o morales)?
- Utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las de instituciones públicas;
- Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como «confidencial», «oculto», «privado» o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación, así como utilizar números distintos a los registrados en el REDECO de la Condusef.
- Amenazar, ofender o intimidar al Deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda;
- Realizar gestiones de cobro a terceros, incluidas las referencias personales y beneficiarios, con excepción de Deudores solidarios o avales, No será aplicable lo señalando en el presente inciso, tratándose de un primer contacto que tenga por objeto hacer del conocimiento de los Deudores, los datos de identificación y contacto de los Despachos de Cobranza;
- Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad;
- Establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones, o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los Deudores;
- Recibir por cualquier medio y de manera directa el pago del adeudo;
- Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores, salvo que en el último supuesto se trate de los Deudores, y
- Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración, de los créditos, préstamos o financiamientos, en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la Entidad Financiera o el Deudor, obligado solidario o aval.
¿Qué deben?
- Indicar al Deudor, en el primer contacto que establezcan, ya sea por escrito o verbalmente, según sea el caso:
- Nombre, denominación o razón social del Despacho de Cobranza y de la persona encargada de realizar dicha actividad;
- Domicilio, número telefónico y nombre de las personas responsables de la Cobranza;
- Entidad Financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento de que se trate;
- Contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la acción de Cobranza;
- Monto del adeudo y fecha de cálculo;
- Condiciones para liquidar el adeudo;
- Domicilio, correo electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la Entidad Financiera que recibirá las quejas por malas prácticas de Cobranza, y
- Que el o los pagos sólo podrán ser realizados a la Entidad Financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento.
- Dirigirse al Deudor de manera respetuosa y educada;
- Comunicarse o presentarse en un horario de 7:00 a 22:00 horas, de acuerdo a los husos horarios en que se encuentre el deudor;
- Documentar por escrito con el Deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos; indicando los términos y condiciones que permitan identificar la oferta, descuento, condonación o quita, si el acuerdo incluye cualquiera de estos conceptos, así como la aplicación del importe a pagar, desglosando el monto principal, intereses ordinarios, moratorios y en su caso cualquier otro costo que sea exigible de acuerdo al contrato incluyendo los cálculos respectivos, y si con ello se obtendrá el finiquito o liquidación del adeudo, o sólo se cubrirá un pago parcial; y, señalar el número de cuenta de la Entidad Financiera en el que se realizará el pago, con referencia al número de crédito de que se trate;
- Entregar a la Entidad Financiera los documentos que contengan los acuerdos referidos en el «numeral» anterior.
- Tratar los datos personales de conformidad con la normativa aplicable en la materia
Solo recordar que los despachos de cobranza no pueden embargarte, solo procede si es mediante la orden de un juez; así como no pueden ejercer acción penal debido a que las deudas de carácter civil con una institución crediticia no procede cárcel, así como no hacer uso de la fuerza pública, romper cerraduras, irrumpir en tu domicilio, etc. Que no te intimiden. Con esto se busca combatir las malas prácticas como llamadas a deshoras, ofensas, gritos, amenazas por parte de estos Despachos.
Les dejamos a continuación un link para escuchar un programa referido a este tema:
Buenas tardes mi nombre es Diego Rafael Mendez Fischer, mi
Queja es referente a las llamadas que hacen del Banco Banamex a una señora que no conocemos y le hablan de una forma grosera y amenazando. Gracias
Buena tarde
mandalo al REDECO estimado (a la pagina) e interpon una queja.
Saludos
Buenos días.
Soy la Profra. Sandra Luz Hernández Rocha de Huauchinango, Pue.
MTRA. Jubilada. Mi problema es el siguiente: Compré una Lap-top en una empresa conocida como Bibliotecas magisteriales, posteriormente después de varias (muchas amortizaciones), me jubilé y me quedé con la creencia de que la empresa para la cual trabajaba, hacia pagado los adeudos que yo tenía; pero no es hasta noviembre del 2016 que me entero que no es así.
Acordamos que yo pagaría lo que restaba en parcialidades, desafortunadamente no he podido liquidar del todo por asuntos de salud, pero en ningún momento me he negado a finiquitar el adeudo;
Ahora la empresa con la cual tenía yo el adeudo pasó mi cuenta a un despacho de cobranza que responde a la razón social de Edilar.
La responsable de dicha empresa me está acosando telefónicamente en donde abundan las amenazas y los insultos.
Su servidora no se niega a pagar lo único que pido es un poco de tiempo, sólo unos días, hasta que cobre yo mi quincena como jubilada.
Que puedo hacer al respecto.
Si continua el acoso, acercate a condusef de tu localidad para que te auxilien. Ademas registra tu queja https://phpapps.condusef.gob.mx/redeco_gob/contenedor.php.
Saludos